- Banco Popular de Ahorro
- Trámites BPA - Otras formas de Gestión no estatal
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Apertura de Cuentas corrientes y de Cuentas Bancarias Fiscales para otras formas de gestión no estatal en el BPA
Las personas naturales autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia, los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de la tierra y las personas naturales autorizadas a ejercer otras formas de gestión no estatal, están autorizadas a abrir cuentas corrientes en pesos cubanos (CUP) y pesos convertibles (CUC) en las Sucursales bancarias.
Las Sucursales procederán a la apertura de las cuentas, previa firma del Contrato de Cuenta Corriente que se suscribirá entre el titular y el Banco, teniendo en cuenta lo establecido en el reglamento para cuentas corrientes, así como las disposiciones vigentes del Banco Central de Cuba sobre los procedimientos para la apertura, operaciones y cierre de este tipo de cuentas.
El importe mínimo para la apertura de la cuenta corriente es de 200.00 para las de CUP (pesos cubanos) y 50.00 para las de CUC (pesos convertibles).
Las personas naturales que ejercen el trabajo por cuenta propia en las actividades de servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, así como transporte de pasajeros con medio automotor desde (4) hasta (14) pasajeros en la provincia de La Habana, quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano, radicada en el municipio de su domicilio fiscal, la que debe declarar ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), y a todos los efectos legales y de control tributario, se considera una “Cuenta Bancaria Fiscal”.
Para la apertura de la Cuenta Bancaria Fiscal no se exige importe mínimo.
Documentos a presentar: