Los beneficiarios de la Seguridad Social autorizados a ausentarse temporalmente del país, pueden optar por recibir a su regreso la totalidad de las mensualidades dejadas de cobrar o autorizar a otra persona a efectuar el cobro de su pensión hasta su regreso, sólo por el término de hasta 24 meses, tal como lo establece la legislación migratoria vigente.
Este trámite se realiza en la Filial Municipal del INASS de su municipio, en el horario de 8:00am a 5:00pm.
Leer más...