Procede cuando el trabajador presenta una enfermedad de origen común o profesional, o sufre un accidente común o de trabajo que lo incapacita temporalmente para laborar. Las prestaciones pueden ser por:
- Invalidez parcial.
- Trabajadores con tuberculosis en fase activa.
- Maternidad (Decreto Ley no.339/2016 “De la Maternidad de la Trabajadora” y Decreto Ley no.340/2016 “Modificativo de Regímenes Especiales de Seguridad Social en cuanto a la Protección a la Maternidad”).
- Prestación a combatientes.
- Prestación a internacionalistas.
- Invalidez temporal a los trabajadores del sector privado.
- Invalidez total para los miembros de las Cooperativas de Producción Agropecuaria (sin medio de pago) (artículo 57 del Decreto Ley no.297/2012 “De la seguridad social de los miembros de las cooperativas de producción agropecuaria”).
- Solicitudes de reincorporación al trabajo para los jubilados por edad (CAPITULO lll Articulo 29 al 35 de la Ley no.105 de Seguridad Social).
- Afiliación de los cooperativistas no agropecuarios al régimen especial de Seguridad Social. (CAPÍTULO II Afiliación al Régimen, del Decreto Ley no.278/2010 "Del Régimen especial de Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia")
Para estos trámites las entidades o personas naturales presentan las solicitudes de reintegros para cada caso, en la Filial Municipal del INASS del municipio que corresponde, en el horario de 8:00am a 5:00pm.
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