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    Pago electrónico, del dicho al hecho

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    Incrementan pago electrónico

    Todos los actores económicos, estatales o privados, que realicen una actividad comercial están obligados, desde el día 2 de febrero último, a garantizar el acceso y empleo de los canales de pago electrónico, mediante pasarelas como Transfermóvil y Enzona, o contar con terminales de punto de venta (POS), a riesgo de que se les suspenda el ejercicio, en caso de no hacerlo.


    Así lo establece la Resolución 93/2023 del Ministerio de Comercio Interior, vinculada al programa de bancarización que lleva adelante el país, la cual entró en vigor el 2 de diciembre último y otorgó 60 días hábiles para realizar los trámites pertinentes de inscripción en el Registro Central Comercial.
    A pesar de que la norma establece el carácter ineludible de la diligencia, tanto para entidades estatales, como otras formas de gestión, dígase las micro, pequeñas y medianas empresas, Proyectos de Desarrollo Local y trabajadores por cuenta propia, las vías digitales no están disponibles en todos los casos.
    En sondeo por la ciudad, se puede apreciar los disímiles tropiezos que enfrentan los clientes para hacer uso de sus derechos. Como ya apuntamos en otra ocasión, los obligados por la ley parecen no tener apuro.
    Mientras el punto de venta de un proyecto de desarrollo local como La Loma alega que no cuenta con el Código QR por demoras del proceso en el Banco, otros emprendedores aceptan el pago por transferencia, pero a sus cuentas personales.No faltan los establecimientos que, a pesar de poseer el Código, lo tienen ubicado en lugares poco visibles, que pasan inadvertidos y sus empleados tampoco orientan a los clientes sobre esa opción.

    También existen quienes, en franco desacato de la norma, solo admiten efectivo y se toman, además, la atribución de recibir exclusivamente billetes de altas denominaciones para el pago de los productos que venden.
    Por suerte cada vez son más los buenos ejemplos, como el de Liannet, una joven emprendedora que combina en su negocio (Blue bar), una agradable imagen y buen trato con todas las variantes de pago.
    Ofrecer opciones para el uso de efectivo o canales electrónicos aumenta la satisfacción de los clientes y también su repitencia, asegura.
    Ella confirma lo que especialistas de Etecsa y Xetid han comentado a Invasor en otras ocasiones: que el trámite para la obtención del Código QR es gratuito, puede hacerse desde un teléfono celular y no necesitaría de otra cosa que conexión a Internet.
    Eso sí, una vez obtenido el código, el cual debe ser solicitado en dependencia de qué canales de pago se vayan a usar, Transfermóvil o EnZona, el solicitante —ya sean negocios y comercios estatales o privados— debe acercarse al banco para que le habiliten la caja extra, a través de la cual ingresará directamente a sus cuentas corrientes los pagos que reciba mediante los canales electrónicos.
    Y aquí radica uno de los intereses ocultos de los morosos o escurridizos en la aplicación de la Resolución, pues sin ese paso no existe constancia de los ingresos, ni exactitud en los impuestos que debe pagar a la Oficina de Administración Tributaria. De más está decir que muchos de estos negocios tienen ingresos significativos y la burla al fisco representa pérdidas considerables para el presupuesto.
    La bancarización llegó para quedarse y si alguien pretende triunfar con cualquier tipo de emprendimiento debe dominar los mecanismos existentes y hacerlo dentro del marco que establece la ley, pues querer obtener ganancias de forma fraudulenta solo puede llevarlo a la bancarrota más temprano que tarde.
    Ojalá que la burocracia no contamine la marcha de este procedimiento, que debe marcar la diferencia por la rapidez y no precisamente porque la lentitud de un trámite ralentice la aplicación de la Ley.

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